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Subsidios de luz y gas: cómo inscribirse al ReSEF y los requisitos para no perder el beneficio

La administración nacional ha oficializado la puesta en marcha del nuevo Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), una normativa que redefine los criterios de asistencia estatal para los servicios de energía eléctrica y gas natural. Este esquema deja atrás la anterior segmentación por niveles para dar paso a un sistema basado en la capacidad económica real de todo el grupo conviviente, lo que obliga a los usuarios a seguir de cerca la actualización de sus datos para no perder el beneficio.

El marco legal de esta transformación se sustenta en el Decreto 943/2025, que da origen al SEF, complementado por la Resolución 15/2026 de la Secretaría de Energía, donde se establecen los criterios de exclusión, y la Disposición 1/2026, que aprueba el formulario oficial de inscripción al Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF).

Cambios en el esquema de beneficiarios

A diferencia del modelo anterior, que operaba con tres niveles de ingresos y programas específicos como la Tarifa Social, el nuevo sistema simplifica el universo de usuarios en solo dos categorías: hogares que acceden al subsidio y hogares que no acceden. La diferencia fundamental radica en que la evaluación ya no recae únicamente sobre el titular del servicio, sino sobre el ingreso y patrimonio de todos los integrantes del hogar.

Los subsidios del SEF se aplican a la energía eléctrica, el gas natural por redes, el gas propano y el gas licuado de petróleo (garrafas de 10 kg). En lo que respecta a la electricidad, quienes califiquen mantendrán un 50% de descuento sobre un bloque de consumo base de 300 kWh mensuales en periodos de alta demanda y de 150 kWh en meses de menor consumo, con ajustes previstos según la región.

Requisitos y umbrales de ingreso

Para acceder o mantener el subsidio, los ingresos netos totales del hogar no deben superar el valor equivalente a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un Hogar Tipo 2, según las mediciones del INDEC. Actualmente, ese límite se sitúa aproximadamente en los $3,7 millones mensuales.

No obstante, existen excepciones que permiten conservar la asistencia estatal incluso si se supera dicho umbral, tales como:

Contar con un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Poseer un Certificado de Vivienda del ReNaBaP.

Ser perceptor de la Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Proceso de inscripción y validación

Si bien las autoridades aclararon que no es obligatorio reinscribirse para quienes ya formaban parte del antiguo RASE, se ha habilitado la actualización de datos para garantizar que la información refleje la situación actual del grupo familiar. El formulario oficial funciona como una declaración jurada y requiere datos precisos como el DNI, número de trámite, CUIL y la composición completa del hogar, incluyendo los ingresos de cada conviviente.

Asimismo, es fundamental que el domicilio declarado coincida estrictamente con el que figura en las facturas de los servicios. La gestión puede realizarse de manera online a través de la plataforma oficial de subsidios o de forma presencial en las oficinas de ANSES para aquellos usuarios que no tengan acceso a medios digitales.