El encarcelamiento temprano no reduce el delito
Por María Arroyo
El gobierno impulsa una reforma para bajar la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. La iniciativa se presenta como una respuesta a la inseguridad y a hechos delictivos protagonizados por adolescentes. Sin embargo, el debate no puede reducirse a una consigna de “mano dura”. Sectores del gobierno han impulsado discursos cada vez más duros e incluso algunos funcionarios llegaron a plantear que debía bajarse a los 12 años.
Entre los aspectos más relevantes se establece que adolescentes de 14 años puedan ser imputados penalmente, se fijan penas de hasta 15 años de prisión para delitos graves y se incluye la investigación fiscal formal desde el inicio, lo que implica un nuevo esquema procesal.
Argentina incorporó con jerarquía constitucional la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece principios claros. “El interés superior del niño debe guiar toda decisión estatal; la privación de libertad debe ser el último recurso y por el menor tiempo posible; y el sistema penal juvenil debe ser especializado y con finalidad socioeducativa”. Bajar la edad de imputabilidad va totalmente en contra de estos principios.
La evidencia criminológica muestra que el encarcelamiento temprano no reduce el delito, muchas veces aumenta la reincidencia y profundiza trayectorias de exclusión. La privación de la libertad debe ser el último recurso y por el menor tiempo posible en el caso de adolescentes.
El sistema jurídico internacional reconoce que niñas, niños y adolescentes que están en pleno desarrollo emocional y cognitivo, son más susceptibles a influencias del entorno, tienen mayor capacidad de rehabilitación que los adultos y requieren respuestas restaurativas antes que punitivas.
Además, los datos indican que la participación de niñas, niños y adolescentes en delitos graves representa un porcentaje que ronda el 2%. Desde el gobierno se pretende generar un impacto mediático tomando como base casos puntuales que tuvieron trascendencia nacional y que están lejos de representar una intervención concreta frente a las problemáticas que atraviesan los adolescentes. Actualmente, la mayoría de los programas de prevención y protección están sobrecargados y no cuentan con recursos materiales ni humanos suficientes.
El riesgo es claro. Expandir el sistema penal sobre adolescentes, en su mayoría provenientes de contextos de pobreza y vulneración de derechos, es una forma que emplea el gobierno de Milei para criminalizar la exclusión social, en lugar de abordarla.
Reducir la edad de imputabilidad atenta contra los derechos humanos, implica un retroceso frente a normas internacionales y frente a la evolución progresiva de derechos. No se debe retroceder en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.
Si la respuesta a la inseguridad es bajar la edad de imputabilidad sin un sistema de protección especializado y orientado a la reinserción, y sin fortalecer políticas de prevención, educación, recreación y protección integral, solo tendrá el efecto contrario, se incrementará la reincidencia y la estigmatización, creando una política de castigo para chicas y chicos pobres.
No se trata de negar el dolor de las víctimas, ni de minimizar los conflictos reales. Se trata de decidir si vamos a responder con soluciones para la tribuna o con políticas públicas serias y responsables. Bajar la edad de imputabilidad puede sonar contundente, pero condenar a los adolescentes como adultos es una respuesta fácil frente a problemas complejos.
Un Estado fuerte no es el que encarcela más temprano, sino el que garantiza derechos desde la infancia. El que invierte en educación, recreación, salud mental y oportunidades reales. El que cumple con los compromisos asumidos ante la comunidad internacional y respeta la Convención sobre los Derechos del Niño no solo en el discurso, sino en la práctica.
Defender los derechos de niñas, niños y adolescentes es una posición ética y política. Es afirmar que la justicia no puede construirse sacrificando a los más vulnerables. Y es sostener, con claridad, que la respuesta no puede se r castigar y encerrar antes de incluir.
