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Pioneros en derechos: 94 años del voto femenino en San Juan

La Reforma Constitucional del 10 de febrero de 1927 se encuentra enmarcada en el segundo gobierno bloquista, representado en la figura del Dr. Aldo Cantoni.

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Aldo Cantoni

Las intenciones bloquistas de reformar la Constitución vigente databan desde el primer gobierno encabezado por Federico Cantoni. Sin embargo, al no contar con mayoría en el Senado provincial y ante el peligro de una intervención, sus dirigentes postergaron el tratamiento de la carta constitucional.

Por ello, en la campaña política bloquista de 1926 se volvió sobre el tema. Tres días después de asumir el gobierno, el Dr. Aldo Cantoni remitió a la Legislatura un mensaje propiciando la modificación casi total de la Carta Magna.

“El 15 de Diciembre la ley que declaraba necesaria la reforma de la Constitución estaba sancionada y promulgada. Al día siguiente el Poder Ejecutivo convocaba a elecciones de quince convencionales, poniendo en vigencia para ello el sistema de representación proporcional. Esos convencionales fueron elegidos el segundo domingo de enero, correspondiendo doce de ellos al radicalismo bloquista, dos al partido socialista y uno al pequeño núcleo demócrata progresista. El 24 de enero de 1927 la Convención Reformadora inició sus sesiones y, el 10 de febrero la Constitución estaba promulgada y entraba en vigencia” (Barreiro, J. en Varese y Arias, 1966. Pág. 447 y 448)

La presidencia de la Convención recayó en don Juan Estrella y fueron sus vicepresidentes primero y segundo, el Dr. Graciano Reca y don Serapio Videla.

Los restantes constituyentes fueron los ciudadanos: Federico Cantoni, Belisario Albarracín, Carlo R. Porto, Elio Cantoni, Hernán Díaz, Vicente Cattani, Aldo Pechini y Wilfredo Kenny por la UCRB. Arturo Storni y Félix Bolaños, representantes del PS y Ventura Larosa en representación del PDN.

Sintetizando las reformas principales:

• Se llevó de tres a cuatro años la duración de los mandatos del Poder Ejecutivo y de la Cámara. Ambos poderes se renovarían en su totalidad cada cuatro años en elecciones simultáneas.
• Se reemplazó el sistema bicameral por una Cámara de Representantes, elegida a simple mayoría dentro de cada circunscripción electoral.
• Se reformó el sistema electoral del régimen municipal extendiendo el derecho de votar a toda la población adulta.
Se proclamó la igualdad cívica de la mujer, pudiendo elegir y ser elegida en las mismas condiciones que el hombre.
Se incorporaron por primera vez en el país instituciones propias del Estado Benefactor, tales como los derechos sociales de protección a la familia, a la mujer, a la niñez, a la ancianidad.

El Voto femenino

El 9 de septiembre es conmemorado el voto femenino a nivel nacional, que rige desde 1947. Sin embargo, nuestra provincia supo ser pionera en este sentido, y aquí las mujeres ejercieron su derecho a voto en 1928.

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Un año antes, el Gobierno provincial había decidido por decreto incluir el voto femenino para las mujeres mayores de edad y residentes. Luego, aparecen otros documentos que dan cuenta de la reafirmación de este derecho en diferentes oportunidades, como el empadronamiento femenino en la provincia en archivo del Registro Civil, que en ese momento también dependía del Ministerio de Gobierno e Instrucción Pública de San Juan.

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Otra ley del año 1927, pero esta vez municipal, hace referencia a la inclusión en el padrón de extranjeros de ambos sexos, mayores de 18 años y residentes en el distrito.

Un hito muy importante aparece en un decreto del año 1934, cuando se nombra como diputada para la, en ese entonces, Cámara de Representantes, a la sanjuanina Emar Acosta. Emar fue una abogada y política argentina, que ejerció como jueza y legisladora provincial, y fue la primera persona de sexo femenino en ser elegida para un cargo electivo en América Latina.

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Emar Acosta

FUENTE: SI San juan