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¡Atención! Nuevas reglas para el uso de vehículos eléctricos unipersonales en San Juan: ¡Conoce las disposiciones!

El Ministerio de Gobierno de la provincia de San Juan, a través de su Secretaría de Tránsito y Transporte y la Dirección de Tránsito y Planeamiento de Movilidad, ha anunciado una nueva reglamentación para el uso de vehículos de movilidad personal (VMP) en la provincia. Estas medidas entrarán en vigor a partir del 1 de junio y tienen como objetivo regular y garantizar la seguridad de los usuarios de monopatines y otros vehículos eléctricos unipersonales en las vías públicas.

A continuación, se detallan las disposiciones establecidas por la reglamentación:

  1. Uso individual: Los VMP solo podrán ser utilizados por una persona y no podrán transportar carga, animales u otras personas.
  2. Ubicación y circulación: Estos vehículos solo podrán circular por ciclovías o, en caso de no existir, por la calzada. Deberán circular por la mano derecha y respetar las normas de tránsito aplicables a los automóviles. No se les permitirá circular por aceras, zonas exclusivas para peatones, rutas, autopistas o semiautopistas.
  3. Restricciones de uso: Está prohibido utilizar dispositivos como teléfonos celulares, auriculares u otros sistemas de comunicación, imagen o sonido que puedan distraer al usuario. También se prohíbe el consumo de alcohol y/o drogas al utilizar un VMP. Además, solo se permitirá conducir estos vehículos a personas mayores de 16 años.
  4. Infracciones y sanciones: Los VMP se considerarán vehículos sujetos a las disposiciones reglamentarias de tránsito establecidas en el Decreto Nº250-06, que reglamenta la Ley Nacional de Tránsito en la provincia de San Juan. Por lo tanto, los usuarios de VMP estarán sujetos a las mismas infracciones y sanciones que los demás vehículos mencionados en dicho Decreto.
  5. Elementos de seguridad obligatorios: Los usuarios de VMP deberán contar con los siguientes elementos de seguridad:
  • Freno que permita detener totalmente el VMP.
  • Sistema de iluminación compuesto por una luz delantera de color blanco y una luz trasera de color rojo, que deberán estar encendidas durante todo el movimiento del vehículo. Los VMP con asiento también deberán tener luces de giro.
  • Bocina audible por cualquier persona en la vía pública, sin superar los decibelios establecidos para los demás vehículos.
  • Sistema de limitación de velocidad que impida que el VMP supere los 30 kilómetros por hora. En caso de no contar con dicho sistema, el vehículo no deberá superar esa velocidad.
  • Casco de protección certificado, con características similares a los cascos de bicicleta. Su uso será obligatorio en todo momento.
  • Chalecos de alta visibilidad.
  • Se recomienda el uso de rodilleras, coderas y guantes.

La reglamentación también establece que los VMP similares a motocicletas.