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Javier Alamino: “La huelga es la principal arma de lucha de los trabajadores”

En una entrevista con Espacio de Opinión, el abogado analizó el alcance constitucional del derecho a huelga, cuestionó las restricciones incorporadas por la reforma laboral y destacó el papel de los sindicatos en la defensa de los trabajadores. Sus declaraciones se dieron en el marco de una clase pública de Derecho Constitucional realizada en San Juan para exigir la efectiva aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario.

El martes 13 de octubre se llevó a cabo en San Juan una clase pública de Derecho Constitucional a cargo de Conrado Suárez Jofré y Javier Alamino. La actividad, abierta a estudiantes y al público en general, se realizó en Mitre, entre Jujuy y avenida Rioja, bajo la consigna de exigir la efectiva aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario.

En ese contexto, Espacio de Opinión entrevistó a Javier Alamino para profundizar sobre uno de los ejes centrales del debate: el derecho a huelga, sus garantías constitucionales y las restricciones que, según su análisis, introduce la reforma laboral. Durante la conversación, el abogado también se refirió a las herramientas legales y gremiales disponibles frente a la vulneración de este derecho y a su importancia en la defensa de la universidad pública.

El derecho a huelga y sus garantías constitucionales

Alamino explicó que el derecho a huelga está reconocido en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Según señaló, estos instrumentos reconocen el derecho de los gremios a convocar a huelga y de los trabajadores a adherirse. A su vez, explicó que las normas inferiores reglamentan su ejercicio y establecen determinadas condiciones, entre ellas la conciliación obligatoria y las disposiciones vinculadas con los servicios esenciales.

La reforma laboral y los límites a las medidas de fuerza

Uno de los principales cuestionamientos del abogado estuvo dirigido a la ampliación de las actividades alcanzadas por las obligaciones de garantizar prestaciones durante una huelga.

Alamino sostuvo que la reforma laboral incorpora nuevas actividades, entre ellas la educación, y establece porcentajes de prestación que pueden llegar al 50% o al 75%, según el sector. A su entender, estas exigencias representan una restricción excesiva de un derecho reconocido constitucionalmente.

“Entendemos que esta nueva reglamentación, que incluye un montón de servicios esenciales y que además establece porcentajes altísimos de prestaciones de servicios durante la huelga, es inconstitucional”, afirmó.

En ese sentido, consideró que el Estado debe respetar los límites constitucionales al intervenir en los conflictos laborales y sostuvo que la conciliación obligatoria constituye una herramienta para encauzarlos.

El rol de los sindicatos ante la vulneración del derecho a huelga

Consultado sobre qué herramientas tienen los trabajadores cuando consideran que se vulnera su derecho a huelga, Alamino mencionó dos alternativas: la vía judicial y la acción gremial.

Si bien reconoció la posibilidad de recurrir a la Justicia, advirtió que este camino puede resultar lento. Por eso, destacó la importancia de que los sindicatos acompañen y defiendan a los trabajadores afectados.

“La otra herramienta, que es la más importante para mí, es la gremial”, expresó.

Para el abogado, las organizaciones sindicales deben asumir un papel activo en la protección de los derechos de sus representados y evaluar distintas formas de acción colectiva frente a las restricciones que puedan sufrir.

Un derecho que, según Alamino, es estigmatizado

Durante la entrevista, el abogado también cuestionó la manera en que se presenta socialmente el derecho a huelga. Señaló que, mientras otros derechos, como el de propiedad, suelen ser reivindicados, las medidas de fuerza de los trabajadores frecuentemente reciben una valoración negativa.

“Mientras tanto hay otros derechos que parecería que son perfectos, qué sé yo, el derecho a la propiedad siempre es levantado y ensalzado, mientras que la huelga es demonizada y ocultada”, sostuvo.

En su análisis, visibilizar la importancia de la huelga resulta fundamental para contrarrestar los discursos que la deslegitiman y comprender su función como herramienta de organización y lucha colectiva.

La huelga y la defensa de la universidad pública

El vínculo entre el derecho a huelga y la situación universitaria fue otro de los puntos abordados. La clase pública se desarrolló en el marco del reclamo por la efectiva aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario, una demanda que atraviesa a los trabajadores y a la comunidad universitaria.

Alamino sostuvo que la huelga es un instrumento central para que los trabajadores expresen sus reclamos y exijan respuestas frente a los incumplimientos laborales que denuncian.

“La principal arma es, sin lugar a dudas, la huelga”, afirmó.

De esta manera, la clase pública y la entrevista pusieron en discusión el alcance de las garantías constitucionales, las limitaciones al ejercicio de las medidas de fuerza y el papel de la organización sindical en la defensa de los derechos laborales y de la universidad pública.